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PRIMER ANTEPROYECTO DE II MODIFICACIÓN A LA MISCELÁNEA FISCAL 2018

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    id nube
  • 20 may 2018
  • 2 Min. de lectura

Con fecha 9 de mayo de 2018 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da a conocer a través de su página de Internet, el Primer Anteproyecto de Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2018.

A través de este anteproyecto se plantean las siguientes modificaciones.

2.1.54. - Transmisión de activos y pasivos de un establecimiento permanente en el extranjero

Se establece que para efectos de enajenación, las personas morales residentes en el país que sean contribuyentes del Título II de la Ley del ISR, que realicen actividades empresariales en el extranjero y que por ellas constituyan un establecimiento permanente, podrán transmitir la totalidad de los activos y pasivos que conforman el patrimonio afecto a las actividades del establecimiento permanente, a otra persona moral residente en México que forme parte del mismo grupo de sociedades, definido en los términos del artículo 24 de la Ley del ISR, sin considerar que se realiza la enajenación de los mismos, siempre que obtengan autorización de las autoridades fiscales de conformidad con la ficha de trámite 273/CFF “Solicitud de autorización para transmitir activos y pasivos de un establecimiento permanente en el extranjero”, contenida en el Anexo 1-A. Al efecto se establecen una serie de requisitos.

3.1.20. -Transmisión de activos y pasivos resultantes de una orden proveniente de una autoridad federal

Se adiciona esta regla que regula los efectos fiscales de los casos en que cuando por motivo de una resolución emitida por una autoridad competente en materia de telecomunicaciones, una persona moral esté obligada a realizar una separación contable, funcional o estructural y, como consecuencia de ello, transmita o enajene parte de sus activos y pasivos a otra persona moral residente en México.

4.2.7. - Valor de la contraprestación en la transmisión de activos y pasivos resultantes de una orden proveniente de una autoridad federal

Se adiciona esta regla que indica que para efectos las permutas y pagos en especie, cuando una persona moral reciba como contraprestación acciones como consecuencia de la enajenación de activos de conformidad con la regla 3.1.20., se considerará como el valor de la contraprestación, el valor fiscal referido en dicha regla.

Anexos

Se modifica el Anexo 1-A que contiene las fichas de trámites fiscales, para incluir las siguientes fichas de trámite:

  • 273/CFF Solicitud de autorización para transmitir activos y pasivos de un establecimiento permanente en el extranjero.

  • 274/CFF Presentación del dictamen por la transmisión de activos y pasivos de un establecimiento permanente en el extranjero.

  • 275/CFF Presentación de la copia certificada de la resolución emitida por autoridad competente y dictamen por la transmisión de activos y pasivos derivada de una resolución emitida por autoridad competente.

Se modifica el Anexo 15 para actualizar los códigos de las claves vehiculares.

Vigencia

Estas modificaciones entran en vigor al día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Anteproyecto

El Anteproyecto puede ser consultado directamente en la siguiente dirección: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Documents/2RMRMF_2018_090518.docx.

Fuente: plataformai


 
 
 

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